TASA VIAL-Beto Silva afirmo ya hay fallos judiciales que eliminan esta Tasa Vial por inconstitucionalTASA VIAL-Beto Silva afirmo ya hay fallos judiciales que eliminan esta Tasa Vial por inconstitucional

“TASA VIAL” Un impuesto disfrazado de servicio. Aseguro el ex edil Beto Silva. A la vez que el intendente de Avellaneda Jorge Ferraresi. Logro aprobar la ordenanza preparatoria para la suba de esta tasa vial en el distrito. Lo que debería ser declarado inconstitucional por la Justicia. Sentencio Silva

TASA VIAL-Silva afirmo que ya hay fallos judiciales que eliminan esta Tasa Vial por inconstitucional
TASA VIAL-Silva afirmo que ya hay fallos judiciales que eliminan esta Tasa Vial por inconstitucional

La tasa vial, Afirmo el ex concejal Beto Silva, es un impuesto municipal disfrazado de tasa, que se aplica sobre la venta de combustibles, y las estaciones de servicios lo consideran motivo para su aumento final a los consumidores. El ex concejal Silva considera a esta Tasa Via,l como inconstitucional, como una doble imposición sobre el mismo objeto. La justicia debería expedirse sobre esta discusión.

Silva afirmo que ya hay fallos judiciales que eliminan la Tasa Vial por inconstitucional. Como el caso de los municipios de Olavarría y Monte. Consecuentemente otros municipios como San Miguel, Berisso y Florencio Varela. Lo habrían eliminado por decisión propia

ARGUMENTACION CONSTITUCIONAL

Silva recordó una publicación del El ex juez José Osvaldo Casás, fallecido a principios de febrero de este año. Antes, en enero de este año expreso las argumentaciones constitucionales del porque esta TASA VIAL debe ser declarada inconstitucional . A continuación la transcripción de su declaración

En este contexto, el ex Juez José osvaldo Casás declaro. La imposición de la “Tasa Vial” es inválida. Ya que la Ley de Coparticipación Federal de Impuestos N° 23.548. En su artículo 9, inciso b), establece que las provincias se comprometen a no aplicar y a evitar que los organismos administrativos y municipales de su jurisdicción, independientemente de ser autárquicos o no. Implementen gravámenes locales análogos a los impuestos nacionales distribuidos. Este punto adquiere especial relevancia en el caso de los municipios bonaerenses, dado que perciben la coparticipación del “Impuesto a los Combustibles Líquidos” establecido por la Ley N° 23.966.

Adicionalmente, el Decreto Ley 505/58, que creó la Dirección Nacional de Vialidad, en su artículo 29 inc. c), estableció que para acogerse a los beneficios de la Ley las provincias deben comprometerse a no establecer otros gravámenes locales sobre los combustibles líquidos y a no gravar a los lubricantes con impuesto alguno. Estos compromisos se extienden a las municipalidades. La Provincia de Buenos Aires formalizó su adhesión mediante Decreto Ley 7374/66

Finalmente Silva aseguro que en la próxima sesión de grandes contribuyentes. Los Avellanedenses vamos a ser protagonista de un verdadero impuestazo. Mientras Jorge Ferrresi continua alimentando con la suba de los tasas/impuestos el sostenimiento de la super estructura política. con la débil argumentación “LA CULPA ES DE MILEI” es valido cerrar esta publicación con un dicho popular… NO MIRES LA PAJA EN OJO AJENO, MEJOR MIRA LA VIGA EN EL TUYO.-

Por silva1962